El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ha establecido las reglas definitivas para la inscripción de candidatos a las Elecciones Generales 2026, mediante la Resolución N.º 0164-2025-JNE. Este nuevo reglamento anula al anterior (Resolución N.º 0330-2020-JNE) y se adapta a la reforma constitucional que restablece la bicameralidad.
A continuación, las reglas clave para la circunscripción electoral del Callao, presentadas en tablas para mayor claridad.
Cámara de Diputados: Callao (4 escaños)
| Aspecto | Detalle |
|---|---|
| Escaños asignados | 4 (según Anexo 4 del reglamento) |
| Candidatos por lista | 4 (2 hombres y 2 mujeres, intercalados) |
| Paridad y alternancia | Obligatoria: H-M-H-M o M-H-M-H |
Senado: Callao (1 escaño distrital + voto nacional)
| Modalidad | Detalle |
|---|---|
| Escaños distritales | 1 escaño (distrito múltiple, según Anexo 7) |
| Candidatos por lista | 2 (1 hombre y 1 mujer, o viceversa; alternancia obligatoria) |
| Voto adicional | Electores del Callao también votan por lista nacional de 30 senadores (distrito único) |
Candidatos Designados (20% máximo): ¿Aplica en Callao?
El reglamento permite a los partidos designar directamente hasta el 20% de sus candidatos sin elecciones internas. Sin embargo, hay exclusiones distritales y una excepción nacional.
Exclusión por cálculo distrital
| Cargo | Lista en Callao | Mínimo para designados distritales | ¿Aplica designación distrital? | Anexo |
|---|---|---|---|---|
| Diputados | 4 candidatos | 6 candidatos | No (no califica) | Anexo 6 |
| Senadores | 2 candidatos | No aplica | No | Anexo 7 |
Conclusión distrital: El Callao no permite designados bajo la modalidad por distrito.
Excepción nacional: SÍ permite designados en Callao
| Base legal | Regla clave |
|---|---|
| Artículo 16.2.b | El 20% de designados se calcula sobre el total nacional de candidatos a postularse (ej. 31 diputados o 17 senadores a nivel país). |
| Ubicación flexible | Los designados pueden colocarse en cualquier circunscripción, incluido Callao, siempre que se respete paridad y alternancia. |
Ejemplo práctico:
Un partido con 31 candidatos a diputados a nivel nacional puede designar hasta 6 (20%). Puede ubicar 1 o más en la lista del Callao, ajustando la paridad.
Resumen final en tabla comparativa
| Ítem | Diputados (Callao) | Senadores (Callao) |
|---|---|---|
| Escaños | 4 | 1 (distrital) + 30 nacionales |
| Tamaño de lista | 4 | 2 (distrital) |
| Paridad/alternancia | Sí (2H + 2M) | Sí (1H + 1M) |
| Designados por distrito | No (lista <6) | No aplica |
| Designados por excepción nacional | Sí (vía 20% nacional) | Sí (vía 20% nacional) |
Conclusión:
El Callao no puede tener candidatos designados por regla distrital, pero sí los permitirá si los partidos usan su cuota del 20% nacional y los ubican estratégicamente respetando la paridad. Esto abre la puerta a figuras políticas clave sin pasar por primarias internas.
