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JNE Confirma Sanción a Alcalde del Callao por Publicidad Electoral

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El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ha confirmado la sanción impuesta al alcalde de la Municipalidad Provincial del Callao, Pedro Carmelo Spadaro Philipps, por infringir las normas de propaganda electoral durante las Elecciones Generales 2026. La resolución N.º 0532-2025-JNE, emitida el 14 de octubre de 2025, desestima el recurso de apelación presentado por Spadaro, quien argumentó que la publicidad retirada buscaba informar sobre la remodelación del Parque Sagrada Familia.

La sanción se originó tras la detección, el 8 de septiembre de 2025, de dos banners en la calle Lima que incluían el nombre y cargo del alcalde junto al lema “Progresamos todos”. Según el artículo 20, literal g), del Reglamento de Propaganda, Publicidad y Neutralidad, aprobado por la Resolución N.º 0112-2025-JNE, esta acción constituye una infracción al prohibir la identificación de funcionarios públicos en publicidad estatal durante periodos electorales, salvo casos de necesidad pública justificada. El Jurado Electoral Especial del Callao (JEE), mediante la Resolución N.º 00022-2025-JEE-CALL/JNE del 28 de septiembre de 2025, constató que los banners violaban esta norma al incluir el nombre y cargo de Spadaro, lo que fue considerado un uso indebido de recursos públicos para fines electorales.

A pesar de que Spadaro retiró los banners tras ser notificado y alegó una necesidad pública para informar sobre mejoras en el parque, el JEE y posteriormente el JNE ratificaron la infracción. El JNE ordenó la remisión de los actuados a la Contraloría General de la República, subrayando la responsabilidad personal del alcalde como titular del pliego y descartando vulneraciones a principios administrativos.

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AV. LIMA CDRA 1 (URBANIZACIÓN DULANTO)
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Escrito por chalaco

Redacción

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